Determina Sala Monterrey nulidad de la elección del municipio de Querétaro

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Los 3 magistrados de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación coincidieron en determinar como nula la elección de renovación del Municipio de Querétaro realizada el pasado 1 de julio, por considerar que el presidente municipal interino, Enrique Correa Sada, violentó los principios de equidad y legalidad de la contienda electoral por haber hecho uso de su perfil personal de Facebook para promocionar y difundir propaganda político-electoral del entonces candidato, Luis Nava, a la vez que ostentaba el cargo y difundía obras y acciones del ayuntamiento.

Esto aunado a que la diferencia entre el candidato ganador y el segundo lugar es muy pequeña, de apenas el .34 por ciento entre ambos, es decir 1513 votos, por lo que sí pudieron haberse violentado la equidad y legalidad en el proceso electoral.

Lo anterior al hacer el análisis de las propuestas de los expedientes SM-JDC-1169/2018 y SM-JDC-1170/2018, interpuestos por Adolfo Ríos García contra la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, y donde se solicitó la nulidad de la elección.

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La Magistrada Presidenta de la Sala Regional Monterrey, Claudia Valle Aguilasocho, señaló que existen presupuestos en la constitución, que cuando se colman, justifican como medida excepcional eliminar los efectos de la votación mayoritaria, entre ellos la vulneración de los elementos constitucionales como equidad en la contienda y neutralidad electoral.

Por ello, dijo que ante los hechos señalados como el incumplimiento del presidente municipal interino de velar por estos principios y haber promocionado propaganda político-electoral del candidato de su mismo partido, así como supervisiones de obras del ayuntamiento durante la campaña, su voto era a favor de la anulación de la contienda del 1 de julio de 2018. Esto, reiteró, porque no se garantizó el principio de legalidad y equidad.

El magistrado Yairsinio David García Ortiz enfatizó que el presidente municipal interino publicó en su propio perfil manifestaciones que claramente expresan su apoyo a la candidatura del postulado como presidente municipal y que si a este perfil se le daba el carácter de medio de comunicación, se debió de resguardar que se mantenga en ese tenor y no mezclar los apoyos y su afiliación partidista con sus funciones al frente del ayuntamiento capitalino.

Además señaló que las publicaciones de supervisión de obras realizadas durante el periodo de campaña violan la orden expresa de no difundir acciones de gobierno que no sean promocionadas, los exceptuados por la Ley.

Además dijo que la diferencia de 1513 votos no puede sustentarse en la violación de estas disposiciones, dado que no se puede sustentar la autenticidad, libertad y equidad en la contienda ante los hechos, por lo que su voto también fue a favor de anular la elección.

Finalmente, el magistrado Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann, recordó que los servidores públicos son actores importantes, por lo que a pesar de que se pueden manifestar en torno a sus inclinaciones de ideología política, partido o candidato, el propio sentimiento constitucional los lleva a mantener una posición cautelosa y precavida.

Sin embargo, dijo que el presidente municipal interino hizo diversas publicaciones en las cuales se acredita la publicitación y promoción de los gobiernos estatal y municipal en obras públicas y que en la cuenta personal de Facebook se retoma la propia propaganda político electoral del candidato a la presidencia de ese municipio, que es del mismo municipio del alcalde interino.

Citó dos precedentes sucedidos en esta misma sala con casos similares y dijo que debió haber mesura por parte del servidor público, en el contexto del pleno respeto a los valores que deben prevalecer en las contiendas electorales, especialmente ante la pequeña diferencia en el número de votos, por lo que se pronunció a favor de la propuesta de nulidad.

Faltará ver qué acciones legales realizarán Luis Nava y su equipo.

A continuación te dejamos la publicación de la Sesión Pública de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para que puedas escucharla.

Resumen
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Los 3 magistrados de la Sala Regional Monterrey del TEPJF coincidieron en determinar como nula la elección de renovación del Municipio de Querétaro
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