Brinda @SATMX prórroga para nueva factura electrónica al 30 de noviembre

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Durante 2016, el Servicio de Administración Tributaria, inició un proceso de modernización de la factura con la finalidad de garantizar la simplificación de las obligaciones fiscales continúen de la mejor manera.

Por ello, atendiendo a los avances en los trabajos realizados por los contribuyentes en los últimos meses para implementar las mejoras en materia de facturación electrónica, informó:

1. Conforme a lo previsto, a partir del 1 de julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas en la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre del 2017, con el objetivo de que, durante la convivencia de versiones, migren paulatinamente sus procesos de facturación.

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2. A partir del 1 de diciembre del 2017, la única versión válida para emitir las facturas electrónicas será la versión 3.3.

3. La emisión de comprobantes con el Complemento de Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017 sólo con la versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir del 1 de diciembre del 2017.

4. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de enero del 2018.

5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades.

El SAT reconoce el esfuerzo de los contribuyentes en la primera fase de modernización de la factura electrónica, con la actualización de los recibos de nómina digitales la cual resultó exitosa y permitió eliminar la obligación de presentar la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios. 

Cabe señalar que, cerca del 90% de los contribuyentes emisores han cumplido ya con la migración a la nueva versión.

Versión 3.3​Prórroga en la nueva factura electrónicaEn él se incluye la documentación técnica que especifica la estructura, forma y sintaxis que deben cumplir los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), vigente a partir del 1 de julio del 2017 y establece el estándar tecnológico bajo el cual se debe emitir:

  • Comprobante fiscal digital por internet.​
  • Documento que ampara retenciones.
  • Se determina el proceso de cancelación.
  • Se establece el proceso de firmado.
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