Declaran Emergencia Sanitaria en México por contingencia de COVID-19

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Declaran Emergencia Sanitaria en México por contingencia de COVID-19
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Durante la conferencia de prensa del informe diario sobre coronavirus COVID-19 en México, dieron a conocer que se declara el país en una Emergencia Sanitaria, por lo que se aplicarán nuevas medidas para evitar contagios y la propagación del virus COVID-19 (Coronavirus) en la población.

Declaran Emergencia Sanitaria en México por contingencia de COVID-19

Hugo López-Gatell Ramírez, subsecretario federal de Prevención y Promoción de la Salud, señaló que en México se alcanzaron los 1094 casos, lamentablemente con 28 defunciones, por lo que ya entró en una fase de ascenso rápido, por lo que recordó que es importante seguir la instrucción que se dio el pasado sábado, quedarse en casa.

Aseguró que si la población mexicana restringe su movilidad de manera voluntaria, es decir, se queda en casa durante este periodo, se logrará reducir la velocidad de transmisión y el número de casos, para que no se saturen hospitales y haya más facilidad de atender a la gente con el padecimiento.

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López-Gatell destacó que ante el rápido ascenso de contagios, el estado se obliga a la aplicación por nuevas medidas por parte de la Secretaría de Salud federal, las siete que mencionamos a continuación:

  • Suspensión inmediata desde el 30 de marzo y hasta el 30 de abril de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social, a fin de disminuir carga de contagios de esta enfermedad y fallecimientos.

Serán excluidos de esta suspensión aquellos que realicen las siguientes actividades:

a) Personal médico para atender la contingencia actual tanto en el sector público como el privado; aquí se incluyen personal de manufactura de insumos y equipamiento médico tratamiento y disposición de Residuos biológicos

b) Personal que se dedica a la Seguridad Pública, Protección Ciudadana, Defensa de la Soberanía nacional o a la impartición de justicia,

c) Aquellos que laboren en el sector económico esencial; siendo consideradas dentro de ellas: fiscal, energéticos, agua potable, alimentos, autoservicios, abarrotes, producción agrícola, química, limpieza, asilos para adultos mayores y mujeres, telecomunicación, cadena de frío, logística.

d) Entrega y operación de Programas Sociales del gobierno, por lo que oficinas harán reducción de actividades administrativas pero la operación no parará

e) Personal que interviene en la operación, mantenimiento y distribución de servicios indispensables como agua o electricidad

  • En los sectores esenciales se deberán aplicar acciones y restricciones como el que no puede haber reuniones de más de 50 personas, siempre atendiendo el lavado de manos, saludo a distancia, estornudo de etiqueta y demás medidas establecidas en la Jornada Nacional sobre la Sana Distancia
  • Se exhorta a toda la población que vive en territorio mexicano, incluida la que arriba al país desde el extranjero, a cumplir el resguardo domiciliario y responsable, es decir, realizar una limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en domicilio el mayor tiempo posible.
  • El funcionario federal enfatizó que el resguardo domiciliario se aplica de manera estricta a mayores de 60 años, así como a:

a) Pacientes con enfermedades crónico-degenerativas como diabetes, hipertensión, enfermedad cardiaca, inmunosupresión (adquirida o provocada)

b) Mujeres en embarazo o puerperio.

Lo anterior Independientemente de si su actividad se considera esencial, sea sector público o privado; por lo que si el personal se encuentra en este caso, deberán remplazarlos por personas fuera de la categoría.

Cabe destacar que el personal de interés público, es decir, funcionarios de todos los niveles, podrán presentarse a trabajar de manera voluntaria.

  • Una vez terminado el periodo de aplicación de estas medidas, luego del 30 de abril, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo, emitirán lineamientos para el regreso escalonado y regionalizado a las actividades laborales, económicas y sociales.
  • Se deberán postergar, hasta nuevo aviso, todos los censos y encuestas que involucren la movilización de personas e interacción física.
  • Que todas las medidas deberán aplicarse con apego a los Derechos Humanos.
Declaran Emergencia Sanitaria en México por contingencia de COVID-19

Luego de la intervención de Hugo López-Gatell, el secretario de Relaciones Exteriores de México, Marcelo Ebrard Casaubón, dio lectura al decreto presidencial emitido por el Consejo de Salubridad General para establecer la declaratoria de Estado de Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor causada por el virus SARS COVID 2019.

Este estado contempla:

  1. Que la Secretaría de Gobernación tenga comunicación y vínculos con Poderes de la Unión, Entidades Federativas y organizaciones de la sociedad civil respecto a la situación, así como que en conjunto con Comunicación Social y Vocería puedan promover a través de medios de comunicación el conocimiento de estas medidas.
    El Instituto Nacional de Migración deberá tomar las previsiones necesarias en puertos y aeropuertos, así como puntos de ingreso al país, para cumplir esta declaratoria.
  2. La SHCP, SE, STPS, ISSSTE, IMSS e Infonavit deberán operar las medidas necesarias para proteger empresas y trabajadores durante la vigencia de la declaratoria.
  3. La SHCP, SE y Agricultura y Desarrollo Rural, deberán reunirse con los sectores productivos de la canasta básica en el país, a fin de implementar acciones que garanticen el abasto a la población.
  4. La Secretaría del Bienestar, STPS y dependencias involucradas deberán velar por la aplicación de decisiones de apoyo social emitidas por el Presidente de México.
  5. La Secretaría de Seguridad Ciudadana, Protección Ciudadana, la Defensa, la Marina y la Guardia Nacional deberán garantizar la seguridad de la sociedad mexicana conforme sus respectivas atribuciones.
    También deberán implementar acciones para la protección y resguardo de instalaciones estratégicas y redes públicas de comunicación; siempre respetando los Derechos Humanos.
  6. La SHCP, SE, SSA, FP, Insabi, Issste e IMSS deberán resolver las necesidades de recursos humanos, equipo, dispositivos médico y medicamentos para garantizar suficiencia en la atención a la población.
  7. La SEP, Conacyt y centros de educación públicos y privados, realizar actividades de investigación que lleve a la prevención o detener esta enfermedad.
  8. La SCT deberá velar por la aplicación de disposiciones de esta declaratoria en vuelos y puertos del país, así como vías de comunicación.
  9. La Secretaría de la Función Pública acompañará todos los procesos para la adquisición de insumos, materiales o servicios durante este periodo.
  10. La SER hará lo necesario para proteger a mexicanos en el exterior y apoyará para facilitar el abasto de los insumos médicos para atender esta contingencia.
Resumen
Declaran Emergencia Sanitaria en México por contingencia de COVID-19
Nombre del artículo
Declaran Emergencia Sanitaria en México por contingencia de COVID-19
Descripción
Se aplicarán 7 nuevas medidas por parte de la Secretaría de Salud federal para prevenir contagios, además de funciones específicas a secretarías y dependencias
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