Las personas que laboren para personas morales (empresas) deberán recibir el pago del reparto de utilidades a más tardar el 30 de mayo, mientras que en el caso de quienes lo hacen para una persona física con actividad empresarial (patrón), la fecha límite es el 29 de junio, recordó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
Por lo anterior, enviaron un exhorto a las personas morales y físicas con actividad empresarial a cumplir con el reparto de utilidades a sus trabajadores, durante los meses de mayo y junio, respectivamente.
Cabe recordar que esta prestación es un derecho constitucional que tienen los empleados de participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón, de acuerdo con su declaración fiscal por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado.
¿Qué se necesita para recibir el pago del reparto de utilidades?
- Haber laborado 60 días en el centro de trabajo.
- Que la empresa tenga utilidades netas mínimo de 300 mil pesos, según su Declaración Fiscal 2016.
- Que la empresa en cuestión tenga más de un año en funcionamiento.
¿Cuándo no puedo recibir reparto de utilidades?
Según la legislación laboral, el reparto de utilidades no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos u otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.
Se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
También a empresas cuyo capital sea menor al que fija la STPS por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
La PROFEDET pone a disposición de los trabajadores la línea telefónica sin costo 01 800 911 7877 y el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx, en donde se les podrá brindar de forma gratuita, asesoría legal sobre el Reparto de Utilidades, desde cualquier parte del territorio nacional.